Cada e-CF tiene su equivalente en la serie B: el E31 es el B01, el E32 es el B02, y así. Lo que decide cuál emitir es qué operación haces y con quién.
Los diez comprobantes de un vistazo
| e-CF | Serie B | Nombre | Para qué | ITBIS |
|---|---|---|---|---|
| E31 | B01 | Crédito fiscal | Venta a una empresa o persona con RNC | Sí |
| E32 | B02 | Consumo | Venta al consumidor final | Sí |
| E33 | B03 | Nota de débito | Aumentar lo que se debe de un comprobante | Hereda el del original |
| E34 | B04 | Nota de crédito | Rebajar o anular lo que se debe | Hereda el del original |
| E41 | B11 | Compras | Compra a un informal sin RNC (te lo emites tú) | Sí, retenido al 100 % |
| E43 | B13 | Gastos menores | Gastos menores de caja chica (te lo emites tú) | No |
| E44 | B14 | Regímenes especiales | Venta a un comprador exento por ley | No |
| E45 | B15 | Gubernamental | Venta al Estado | Sí |
| E46 | B16 | Exportaciones | Mercancía que sale del país | Tasa cero |
| E47 | B17 | Pagos al exterior | Servicio pagado a un no residente (te lo emites tú) | No |
Si vendes
- A una empresa o persona con RNC → E31, crédito fiscal. Exige su RNC o cédula y su razón social. Es el que le permite descontar el ITBIS.
- A un consumidor final → E32, consumo. Por debajo de RD$250,000 no hace falta identificar al comprador; desde ese monto, sí. El monto se mide en pesos.
- A un comprador exento por ley → E44. Zona franca, proyecto CONFOTUR, misión diplomática o institución con exoneración vigente: se factura sin ITBIS.
- Al Estado → E45, gubernamental. Ministerios, ayuntamientos, instituciones autónomas: con ITBIS y con su RNC obligatorio. Las retenciones las aplica el Estado al pagar.
- Mercancía que sale del país → E46, exportaciones. A tasa cero, identificando al comprador del exterior.
Los tres últimos los explicamos a fondo en venta exenta, al Estado y de exportación.
Si compras o pagas
Primero, una pregunta: ¿quien te cobra puede darte comprobante?
- Sí → no emites nada. Registras su comprobante.
- No, es un informal sin RNC → E41, compras. Te lo emites tú, con la cédula del vendedor, y retienes el ITBIS completo. A un contribuyente registrado no se le emite un E41: se le pide su factura.
- No, es un no residente que te presta un servicio → E47, pagos al exterior. Te lo emites tú y lleva la retención de ISR que corresponda. No aplica a mercancía importada.
- Es un gasto menor de caja chica → E43, gastos menores. Te lo emites tú, sin ITBIS y sin datos de comprador.
Si corriges un comprobante
- Sube lo que se debe → E33, nota de débito. Un cargo posterior, un flete, una corrección al alza.
- Baja o se anula → E34, nota de crédito. Una devolución, un descuento, un error de precio.
Las dos se emiten sobre el comprobante original y heredan sus condiciones. Las explicamos en notas de crédito y débito electrónicas.
Cada línea dice cómo tributa
Dentro de cada comprobante, cada línea lleva un indicador de facturación:
| Indicador | Significa | Tasa |
|---|---|---|
| 1 | Gravado | 18 % |
| 2 | Gravado | 16 % |
| 3 | Tasa cero (exportación) | 0 % |
| 4 | Exento | — |
Algunos comprobantes solo admiten ciertos indicadores: el E46 solo admite tasa cero (3), y el E43, el E44 y el E47 solo admiten exento (4). Una sola línea fuera de lugar hace que la DGII rechace el comprobante entero.
Cómo lo resuelve Snowlr
En Snowlr, cada cliente tiene su tipo de comprobante habitual —crédito fiscal, consumo, régimen especial, gubernamental o exportación— y la factura lo toma solo, con el ITBIS ajustado a ese régimen. Antes de tomar el número se comprueba lo que la DGII va a exigir: la identificación del comprador, el tope de consumo y que el comprobante coincida con el régimen. Así el error aparece en pantalla, no como un rechazo.